Pozos

Inscripción de Pozos por medio de Amnistía de Registro

El pasado 24 de julio se publicó el Decreto N° 41851-MP-MINAE-MAG “Reglamento de registro de pozos sin número y habilitación del trámite de concesión de aguas subterráneas”. De esta forma, a partir del próximo 24 de setiembre de 2019 se contará con un lapso de 6 meses para presentar la documentación necesaria para dar inicio al trámite y a partir de ese momento se otorgará un plazo de un año para presentar información técnica complementaria, con el objetivo de registrar de forma regulada los pozos perforados sin permiso de perforación y tramitar su respectiva concesión de aprovechamiento de aguas subterráneas.

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¿Cuáles pozos podrán ser registrados?

Todos aquellos pozos perforados con maquinaria previo al año 2010, que no hayan contado con permiso de perforación y se encuentren fuera de una zona de restricción a la perforación.

 

¿Cómo se realizará el trámite de inscripción?

El trámite deberá ser realizado ante la Dirección de Agua del MINAE. Para esto, se presentará el formulario de solicitud de registro y concesión que contendrá la información técnica y legal asociada al pozo y el solicitante. La Dirección de Agua se encargará de evaluar la admisibilidad de la solicitud, de enviarla a audiencia con SENARA y el AyA, y definir si procede el registro del pozo y el otorgamiento de la concesión.

 

¿Qué actividades realizaremos desde HidroAmbiente para facilitarle a nuestros clientes este proceso?

  • Determinar la aplicabilidad de este decreto para registrar el pozo de nuestros, clientes por medio de una revisión preliminar de ubicación.

  • Visita al sitio de ubicación del pozo para realizar la toma de coordenadas de los pozos y definir necesidades de presentar estudios complementarios.

  • Montaje y presentación del formulario de solicitud.

  • Seguimiento y gestión del trámite hasta su resolución.

  • Elaboración de estudios hidrogeológicos para la reducción de radio de protección, interferencia entre pozos o intrusión salina.

  • Supervisión y análisis de prueba de bombeo.

  • Muestreo e interpretación de análisis químicos de calidad de agua.

  • Inspección con cámara de video sumergible, para la verificación del armado de los pozos.


¡Lo invitamos a llenar el siguiente formulario y ponerse en contacto con nosotros para obtener más información!

Inspección de Pozos con Cámara

¿QUÉ ES UNA INSPECCIÓN DE POZO CON CÁMARA?

Es un método de inspección que utiliza una cámara de vídeo sumergible que se introduce dentro del pozo, con el fin de conocer el estado actual de este.

Con la inspección se obtiene un registro videográfico de imágenes verticales y laterales, lo cual proporciona las perspectivas necesarias para realizar un diagnóstico del pozo y tomar las decisiones correspondientes respecto a necesidades de mantenimiento del pozo.

¿CUÁLES SON SUS APLICACIONES?

  • Evaluación del estado actual del armado del pozo.

  • Reconocimiento de obstrucciones o daños que estén afectando la eficiencia del pozo.

  • Inspección periódica para determinar trabajos de limpiezas y reparaciones.

  • Control de calidad de obras ejecutadas.

  • Recuperación herramientas u objetos perdidos.

  • Monitoreo del nivel del acuífero.

     

 

¿CÓMO LAS REALIZAMOS?

 En HidroAmbiente Consultores utilizamos una cámara de pozos sumergible con vista vertical y lateral para realizar las inspecciones. Posteriormente se exporta un archivo de vídeo digital el cual se examina detalladamente, con esto se genera un DVD con las imágenes obtenidas y un informe con el análisis técnico del estado actual del pozo.

 

¿QUÉ REQUERIMOS PARA REALIZAR UNA INSPECCIÓN?

Se requiere que el pozo esté libre de equipamiento y en reposo, al menos 24 h previo a la inspección, y preferiblemente añadir un floculante para reducir la turbidez y aclarar el agua.