Estudios Hidrogeológicos de Radio de Protección de Nacientes
El estudio hidrogeológico para la determinación del radio de protección de una naciente consiste en la determinación de las condiciones hidrogeológicas del sitio y establece como conclusión el área que requiere la naciente para asegurar la calidad del agua.
En Costa Rica, la Ley Forestal no. 7575 define que el radio de protección para una naciente permanente es de 100 m. Sin embargo, se pueden determinar radios de protección en función del tiempo que tarda teóricamente un contaminante en llegar a la naciente.
En el país, diferentes instituciones, como SENARA y AyA, se encargan de revisar y establecer términos de referencia para los estudios hidrogeológicos. En general, se tienden a contemplar actividades como:
Análisis de la geología regional y local del área de estudio.
Análisis de la información existente de pozos, manantiales y captaciones superficiales en las bases de datos institucionales.
Levantamiento de pozos, manantiales y captaciones superficiales en campo.
Análisis de las características hidráulicas del suelo.
Aforos de ríos en las cercanías del área de estudio.
Elaboración de un modelo hidrogeológico conceptual.
Determinación de las zonas de captura y protección absoluta de la naciente para tiempos de tránsito de 100 días y 5 años.
Análisis de Vulnerabilidad Hidrogeológica.